En 2021 la falta de depósito de cuentas será sancionado

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En 2021 la falta de depósito de cuentas será sancionado

Ya está en el horno un nuevo cambio legal para agilizar el procedimiento sancionador de empresas que incumplan obligación legal de depósito. Son más de 2 millones y actualmente solo se multa a 150 cada año. Por eso hoy tratamos cómo la falta de depósito de cuentas será sancionado.

La efectividad de los regímenes sancionadores se está convirtiendo en una verdadera vacuna contra la insolvencia de la administración. La trazabilidad y el rastreo de incumplidores van a llenar las arcas del Estado lo que en la actual pandemia, con el dinero público bajo presión, es una prioridad.

Si nos conoce, sabe que somos extremadamente cautos con todo lo que puede afectar al bolsillo de nuestros clientes. Por ello acometemos este análisis con la voluntad de ser cristalinos y directos. Vamos allá.

Datos

Los datos o ingredientes (por seguir con el símil del horno) son claros y muy frescos:

  • Hay más de dos millones de empresas que incumplen la obligación impuesta por la Ley de Sociedades de Capital. De las cuales 253.110 mantienen algún tipo de actividad y otras 1.830.689 están inactivas, aunque no por ello tienen derecho a eludir esa obligación, tal y como indicamos en un comentario anterior.
  • El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) tan solo incoa 150 expedientes al año.

Causas

Las causas de esta situación también son claras pero «ya muy secas», se remontan a muchos años atrás:

  • La falta de recursos humanos y económicos del ICAC, cuya actividad principal es la supervisión de la actividad de los auditores de cuentas por lo que destina una parte mínima de sus recursos disponibles a la supervisión de esta otra atribución competencial.
  • La carencia de Incentivo económico para acometer con «motivación» el seguimiento y eventual sanción de las empresas incumplidoras. El esquema actual no aporta ningún beneficio al instituto ya que la recaudación obtenida por las escasas sanciones impuestas no redunda en la mejora de sus cuentas, sino que se ingresan en el Tesoro Público.

Soluciones

Las soluciones propuestas, forman parte de la «nueva cocina», o mejor dicho agenda, de la Vicepresidenta de Asuntos Económico.

Nadia Calviño está preparando una reforma legal para mejorar los recursos destinados al seguimiento y eventual sanción de este tipo de comportamientos, por una doble vía:

  • Reforzar al organismo que tiene encomendada esa atribución, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), e
  • Implicar también en esta batalla a nuevos actores como la Agencia Tributaria o el Colegio de Registradores Mercantiles.

El cambio legal que se está cocinando permitirá afectar al balance del ICAC la recaudación que el organismo obtenga por las sanciones impuestas a las empresas que hayan incumplido su obligación legal de depositar en el Registro Mercantil sus cuentas en el plazo máximo de un mes tras su aprobación. Tal y como establece la Ley de Sociedades de Capital.

La nueva operativa liberará al ICAC de la obligación de asumir en primera persona el seguimiento de las empresas. Y encomendará esta función a los organismos que disponen de toda la información: los registros mercantiles. El plan del Gobierno, confirman fuentes oficiales, se basa en la suscripción de un convenio con el Colegio de Registradores Mercantiles para que sean éstos los que se encarguen de la supervisión de los incumplimientos y la incoación de los expedientes sancionadores, tarea por la que está previsto que reciban el 50% de la recaudación sancionadora.

El resto, el otro 50% redundaría en las cuentas del ICAC, si bien una parte de esos recursos, en torno a un 10%, se abonarán a la Agencia Tributaria para que se encargue de la gestión de la recaudación de esas sanciones y de las reclamaciones correspondientes cuando existan impagos.

Sanciones

Según la Ley de Sociedades de Capital, el incumplimiento de la obligación legal de depositar las cuentas en el Registro acarrea multas que oscilan entre los 1.200 y los 60.000 euros en el caso de las pymes, pudiendo llegar a ser de 300.000 euros para las sociedades que facturan más de seis millones de euros.

Efectos

El susto que le darán en 2021, si forma parte del colectivo de incumplidores, será proporcional a los millones que se recaudarán por esta vía. Tenga en cuenta que de aplicarse este régimen de forma generalizada y sabiendo que hay más de dos millones de empresas incumplidoras, los ingresos para las arcas públicas se contarían por cientos de millones de euros.

Con este nuevo incentivo, Economía confía en que ya en 2021 la actividad sancionadora del ICAC se duplique y el importe de la recaudación salte de los 685.000 euros ingresados en 2019 por este concepto a una cifra de más de 1,1 millones «que se verá incrementada en años venideros»

Incógnitas

¿Qué ocurrirá, si como consecuencia de una irregularidad formal el Registro no admite el depósito de sus cuentas, ¿Sería lícito sancionar en esos casos?

Ahí lo dejo



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